Comisión de Investigación, Desarrollo e Innovación Federativa
VIOLENCIA INTERACCIONAL
El sábado 26 de Septiembre el Dr. Obradovich y miembros de la Comisión de IDIF ofrecieron una charla sobre Violencia Interaccional, cuyo trabajo en PDF y video ofrecemos a continuación.
Descargar PDF aquí: Violencia interaccional seminario FAKKO
Art. 1º: Se dio creación dela Comisión de Investigación, Desarrollo e Innovación Federativa, I.D.I.F, el 6 de junio del 2020 aprobada en acta nº 197 de la Comisión Directiva de F.A.K.K.O
Art. 2º: El presente reglamento tendrá validez para todas las organizaciones afiliadas a F.A.K.K.O y tiene como finalidad dar estructura y funcionamiento a la Comisión I.D.I.F.
Art. 3º: La Comisión I.D.I.F estará integrada por miembros de las organizaciones afiliadas a FAKKO, que posean Títulos y/o Certificaciones universitarias o terciarias estatales o privadas en:Educación física y/o deportes, Profesionales de la salud, la educación, las ciencias sociales y toda disciplina que aporte conocimientos a través de la investigación para el desarrollo e innovación en las áreas: Institucional, Educación, Salud y Deportes.
Art. 4º: La comisión será dirigida por un presidente que la duración de su mandato será de un (1) año, su función y de quien lo secunda es la de dirigir las sesiones y rubricar el acta del día; como así también representar a la Comisión I.D.I.F ante las autoridades de la federación.
Art. 5º: La presidencia del cuerpo será homologada por elección de sus miembros, y aprobada por acta de la comisión Directiva de F.A.K.K.O.
Art. 6º: La Comisión I.D.I.F se reunirá en sesión ordinaria por citación de su presidente y extraordinariamente por pedido de un mínimo de (5) cinco de sus miembros.
Art.7º: Las resoluciones se tomarán por simple mayoría de votos, en caso de empate el presidente de la comisión votará nuevamente para definir la resolución.
Art. 8º: Cualesquiera sean las categorías (danes) de los miembros de la comisión, contarán un voto por persona el cual No se podrá delegar.
Art. 9º: Es responsabilidad y autoridad de la Comisión I.D.I.F:
- Velar por el constante incremento de conocimientos de todos los miembros de la federación, como así también asesorar a las instituciones afiliadas la correcta interpretación y ejecución de las investigaciones realizadas en su seno.
- Capacitar Instructores, entrenadores, árbitros y/o jueces habilitados.
- Dar apoyo a los entrenadores de la selección nacional de FAKKO.
- Programar y dirigir cursos formativos docentes.
- Receptar proyectos y/o trabajos de investigación.
- Designara los miembros calificadores de las investigaciones.
- Proponer actualizaciones docentes en las escuelas formativas y deportivas federadas. FEDERACIÓN ARGENTINA DE KARATE & KOBUDO OKINAWENSE
Art. 10º: La Comisión I.D.I.F está autorizada a relacionarse con entidades educativas terciarias y/o universitarias a los efectos de asociarse en el desarrollo de carreras, seminarios, cursos y conferencias afines.
Art. 11º: La Comisión I.D.I.F profesa el código de ética federativo, lo cumple y difunde.
Art. 12º: Todas las resoluciones de la comisión I.D.I.F deben ser enviadas a la Comisión Directiva para su aprobación y aplicación.
Art. 13º: El mal desempeño y comportamiento de la función de los miembros de la comisión I.D.I.F será tratado y sancionado por el tribunal de disciplina de la federación.
Art. 14º:Las reformas y agregados al presente reglamento serán tratadas y propuestas por la Comisión I.D.I.F, y aprobados por acta de la Comisión Directiva.
Período 2020 – 2021
Presidente: Prof. Luis Vazquez
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